Deudores alimenticios no podrán acceder a cargos público.

En su segundo año de ejercicio legislativo, el Congreso del Estado aprobó una reforma constitucional federal para que no accedan a cargos públicos deudores alimentarios.

Para visibilizar el reclamo de las mujeres que han sido violentadas y atender las demandas de hijos que no reciben pensión alimentaria, el Congreso local de Nayarit validó la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.

La reforma constitucional federal aprobada en el segundo periodo ordinario de sesiones del segundo año legislativo, aplicable para todo el país, sanciona a quienes cometen delitos contra la vida, la integridad corporal, la libertad, la violencia familiar y la violencia familiar equiparada o doméstica.

También la violación a la intimidad sexual, violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos y por ser declarada como persona deudora alimentaria y morosa.

Las modificaciones a los artículos 38 y 102 de la Constitución federal se resume a que las personas que hayan violentado a una mujer de forma física, sexual o política y quienes estén registrados como deudores de pensión alimentaria serán inhabilitados como funcionarios públicos, con el propósito de velar por el interés superior de la niñez y generar mejores condiciones de convivencia social.

En relación con lo anterior, en mayo de 2022 la Cámara de Diputados aprobó diversas reformas a la Constitución local en materia de paridad de género, las cuales en su conjunto establecen que quienes aspiren a un cargo público o de elección popular no deberán encontrarse inscritos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos en el Estado de Nayarit o en otra entidad federativa; ni en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

 

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