Entra en vigor ley que prohíbe el consumo de cigarrillos en espacios públicos así como su exhibición para la venta

Este 15 de enero entraron en vigor las nuevas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco en México, que prohíben el consumo de cigarros en espacios públicos y su exhibición directa para su venta.

El reglamento, publicado el 16 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación entró en vigor este domingo 15 de enero, con lo que se amplía la protección de la salud de la población, en particular de las infancias, contra la exposición al humo de tabaco y emisiones.

Las dos principales disposiciones son la prohibición total de toda forma de publicidad y promoción de productos de tabaco, incluida su exhibición en los puntos de venta, y la ampliación de la protección frente al humo y las emisiones de cualquier producto de tabaco y nicotina.

Sobre la comercialización, se establece que en los puntos de venta habrá impresa una lista textual y escrita con la descripción y los precios de los productos de tabaco de acuerdo con las características publicadas en el DOF el 13 de enero de 2023.

En cuanto a la ampliación de espacios cien por ciento libres de humo y emisiones, en los que queda prohibido consumir cualquier producto de tabaco o nicotina, se dispondrá de un manual de identidad gráfica con las nuevas señalizaciones, así como para las zonas exclusivamente para fumar, las cuales a partir de hoy deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre.

Los espacios cien por ciento libres de humo son sitios de concurrencia colectiva como, entre otros, plazas, parques, playas, estadios, así como en el transporte público y las escuelas en todos los niveles educativos, incluidas las universidades.

Al respecto, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es la garante de vigilar la correcta implementación del reglamento, así como las eventuales sanciones por su incumplimiento.

Para ello, pone al servicio de la población el centro de atención en el número telefónico: 800 033 5050.

En México hay cerca de 16 millones de personas fumadoras y cada día fallecen más de 173 personas por enfermedades asociadas al tabaquismo.

En caso de infringir las nuevas disposiciones, por fumar en lugares prohibidos el infractor se puede hacer acreedor desde una amonestación hasta multas que van de los mil 141 pesos a los cuatro mil 149 pesos, arresto de 13 a 24 horas o trabajo comunitario de seis a 12 horas”

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